Al fin podrán descansar en paz

Franco Farías / Young Fellow del Centro de estudios Económico-Sociales -CEES- / ffarias@cees.org.gt

Publicado: Guatemala, 17 de marzo del 2026

¿Justicia o expolio fiscal? Franco Farías explica por qué la eliminación del impuesto a las herencias corrige una vieja injusticia y cuestiona, desde argumentos económicos y morales, la legitimidad de gravar el patrimonio incluso después de la muerte.

El 10 de febrero se ha revertido una injusticia que llevaba cerca de 80 años atormentando a los guatemaltecos. Una injusticia de tal vileza que no solo se conformaba con su naturaleza despótica, sino que llegaba en un momento que siempre es complicado: la pérdida de un ser querido.

El Congreso ha aprobado el Decreto 6-2026, el cual establece el cese de la Ley del Impuesto sobre Herencias, Legados y Donaciones, que entrará en vigor en marzo.

Esto es un alivio para todas las personas en general y, en particular, para aquellas que han perdido a un familiar o cercano recientemente, pues ya no serán más víctimas de este robo.

Hay muchos y buenos argumentos contra los impuestos a la herencia, pero hoy enlistaremos tres, de menor a mayor fuerza y coherencia.

El primero es que no hay motivo para que una persona que pagó impuestos durante toda su vida los pague también en la muerte. Este argumento parece bastante sensato, pero termina siendo bastante débil por dos motivos: el primero es que no es un argumento absoluto; permite al poder político cobrar impuestos a los difuntos que no hayan pagado impuestos en vida; extranjeros y otros casos particulares podrían ser víctimas del impuesto. El segundo es porque legitima algo como el impuesto “justo”: dice que es correcto cobrar impuestos, pero solo hasta cierto punto; en este caso, solo durante la vida. Me parece que una visión parcial sobre este tema es siempre problemática, pues ¿quién determina qué es el impuesto justo? ¿cuál es el porcentaje justo? ¿a qué tramos de la población es justo gravar con el impuesto? Este tipo de parcialidades abren un mundo de posibilidades donde no es la razón quien dicta, sino la retórica y los sofismas.

El segundo argumento contra este impuesto es el utilitario, es decir: no hay consideraciones morales, solo de beneficio/costo para la sociedad. El argumento se esgrime de la siguiente manera: quien generó patrimonio en vida —si esa generación fue legítima, esto es, por medios económicos y no violentos— lo hizo sirviendo a los consumidores soberanos; les ofreció algo de tal valor que estos estuvieron dispuestos a darle su dinero en grandes cantidades.

En palabras más técnicas, fue más eficiente que el resto coordinando intertemporalmente recursos escasos, y ofreció a la sociedad algo de mayor valor que la suma de todos los factores productivos que necesitó para su elaboración. Bajo esta lógica, es beneficioso para la sociedad que aquellos que mejor hacen el cálculo económico (la coordinación intertemporal de recursos) conserven el capital acumulado por ganancias. Es propio pensar que, si ya se ha amasado una cantidad de capital, es porque previamente hubo ahorro para ser invertido y generar ganancias; y este ciclo podría repetirse, aumentando los beneficios que los consumidores pueden recibir.

El empresario puede aumentar su producción en aquellos bienes que ya sabe que son del agrado del consumidor, o crear una nueva línea de producción en la que nuevos consumidores con diferentes necesidades puedan ser beneficiados. Ya que es interés de pocos que su descendencia viva en peores condiciones en comparación con quienes le precedieron, es lícito pensar que un empresario exitoso educa a su descendencia en los temas del cálculo económico: desde la perspectiva del empresario, para que sus sucesores sigan teniendo ganancias; y desde la perspectiva del consumidor, es beneficioso, ya que podrá seguir disfrutando de los bienes que demandaba incluso si el empresario original ya pasó a mejor vida. De este modo, al hacer los cálculos de costo/beneficio para la sociedad, vemos que la extracción del capital heredado les da menos beneficios y en menor cantidad de tiempo que el escenario donde el capital no es expoliado.

Este argumento, el utilitario, es bastante sensato y puede complementarse perfectamente con algún argumento moral congruente con sus premisas. El riesgo del argumento utilitario es que, si se deja como único objetivo el beneficio general, podrían cometerse injusticias que beneficien al común y perjudiquen a grupos particulares de la sociedad. Luego estos grupos se resienten y la armonía social se triza.

El tercer argumento, que como señalé es perfectamente compatible con el segundo (y más si se tienen en mente teorías como la eficiencia dinámica del profesor Huerta de Soto), es el moral. Y, a mi criterio, es el más importante, pues mientras que solo unos pocos tecnócratas se mueven por los criterios de eficiencia, todos los individuos tenemos los medios para distinguir lo justo de lo injusto por medio del fuero interno. No hay un ápice de justicia en decir que una persona que trabajó toda su vida y aportó a la sociedad, generó valor durante su vida, deba ser robada de manera póstuma o en vida. No hay argumento ni utilitario ni moral que justifique el robo, aun cuando lo robado pueda usarse para causas nobles. No hay manera de señalar como justo que algunos tengan la legitimidad de robar a otros para destinar estos recursos robados a aquello que los ladrones consideren justo, y esto es cierto tanto en vida como después de ella. No hubo, no hay ni habrá legitimidad para los impuestos en general, y para el impuesto a la herencia en particular.

Además, para aquellos con un sentido de trascendencia mayor, me pareció pertinente agregar la observación de la señorita C. G., quien agrega el hecho de que, ya muerto, el único que juzga lo hecho en vida es Dios. No le corresponde al Estado alabar o condenar las acciones o el patrimonio de una persona cuando esta ya no se encuentra materialmente.

Lo preocupante es que los argumentos usados para derogar este impuesto fueron de tipo técnicos, apelando a que la legislación que lo regulaba se encontraba atrasada y obsoleta, dejando la ventana que es propia de las tibiezas: una nueva legislación más renovada y más liberticida.

Espero que esto no ocurra y que el espíritu del sentido común, que rara o ninguna vez se hace presente en el Congreso, ilumine a nuestros honorables en esta materia. Igualmente, de no ser el caso, quedan ya expuestos de antemano algunos argumentos sobre los costos sociales y la inmoralidad de este impuesto.